Ley vigente: Prohibición de realizar fiestas privadas con venta, de alcohol a menores de edad, y de entradas

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Por motivo de estar próximo a la fecha de la finalización del Ciclo Lectivo y de los festejos Navideños y de Fin de año, y sabiendo que se organizan eventos masivos clandestinos, la Secretaría de Seguridad recuerda la prohibición de realizar fiestas privadas en quintas y/o domicilios particulares, con venta, expendio o suministro de alcohol a menores de edad, y/o venta de entradas/consumiciones.

Los responsables u organizadores de este tipo de evento estarán infringiendo entre otras, la Ley 11748, que en el artículo 1° establece la prohibición de venta, expendio o suministro a cualquier título de bebidas alcohólicas de cualquier tipo y graduación, a menores de 18 años de edad, en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires.

El artículo 3° de la Ley 11748, modificado recientemente por la Ley 14.969 determina las sanciones a aplicar a los propietarios y/o encargados, las cuales pueden ser desde 5 salarios mínimo vital y móvil  hasta 50 salarios mínimo vital y móvil.

Apelamos a su responsabilidad como ciudadano para ayudar a cumplir con las normas vigentes.



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