Clausuraron el boliche bailable Ozono

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El domingo a las 3:35 horas, personal de la Policía Comunal, en forma conjunta con DDI y el Área  de nocturnidad, dependiente de la Municipalidad de Chivilcoy,  en el marco de los operativos relacionados a controles de locales de expansión nocturna, se procedió a la «clausura» preventiva por 15 días del Boliche Bailable «Ozono», ubicado en la Avenida José León Suarez nro. 1103 de nuestra ciudad.

 

Durante la inspección se constató la concurrencia simultanea entre menores y mayores de edad, como así la ingesta de bebidas alcohólicas por parte de menores de 18 años.

La clausura se concretó por infracción al Articulo 1ro de la ley 11.748 y Artículos 8 y 9 de la ley 14.050, con intervención del Dr. Eduardo J.M. Banchero, titular del Juzgado de Paz Letrado de Chivilcoy.- Cabe recordar que éste lugar posee innumerables clausuras por las leyes de mención ut supra, teniendo como ultimas clausuras en los meses de Febrero y Diciembre del año próximo pasado.



Articulo 1ero le 11.748, Prohíbase en todo el territorio de la provincia de Buenos Aires, la venta, expendio, o suministro a cualquier título a menores de dieciocho (18) años de edad, de bebidas alcohólicas de cualquier tipo y graduación, en cualquier hora del día, aún cuando lo vendido, expendido o suministrado estuviere destinado a ser consumido o ingerido fuera del local.) Artículos 8 y 9 de la ley 14.050 (Articulo 8 los menores de entre catorce (14) a diecisiete (17) años sólo podrán permanecer en los establecimientos y locales comprendidos en el artículo 1° hasta las veintitrés (23,00) horas como horario máximo. La apertura de puertas para el inicio de actividades se realizará a partir de las diecisiete y treinta (17,30) horas al solo efecto que los padres, tutores o responsables legales de los menores tengan la posibilidad de realizar la revisión de las instalaciones. A partir de las dieciocho (18,00) horas se dará inicio a la actividad bailable. En tales establecimientos no se realizará venta, expendio y/o suministro a cualquier título de bebidas alcohólicas-Articulo 9º: No se admitirá la concurrencia en los locales e instalaciones bailables de menores de catorce (14) a diecisiete (17) años en forma simultánea con mayores de dieciocho (18) años de edad.)

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